Costo
de adquisición
El costo de adquisición de un bien de uso
representa el sacrificio económico para adquirir el bien y ponerlo en condiciones de ser
utilizado en la actividad.
Incluye el precio de compra y demás erogaciones necesarias,
como fletes, seguros, honorarios del despachante de aduana, trámites de registro en el
caso de bienes cuyo dominio debe inscribirse, costo de la función de compras, la
construcción de plataformas, el montaje, la puesta a punto, los ensayos de puesta en
marcha, el entrenamiento del personal, etc.
La fecha límite para la activación de un componente en el
costo de incorporación de un bien es aquella en la cual el bien se pone en marcha.
Los gastos en que se incurra después de esa fecha serán
considerados resultados del período al que se asignen.
Las normas contables profesionales vigentes disponen que
para determinar el costo de adquisición se debe considerar el precio que debe pagarse al
contado. Por lo tanto, toda diferencia con dicho precio será reconocida como componente
financiero implícito y el descuento por pronto pago que se obtuviera significará una
reducción del cargo financiero.
El precio de compra a considerar debe ser
el de Contado, de cuerdo a la R.T.n°10, segrega los componentes financieros ya sean
implícitos o explícitos.
Otro de los aspectos a considerar son las bonificaciones.
Las normas particulares expresan: " El valor por el que los
productos adquiridos ingresan a las existencias es el precio según factura deducidos los
descuentos comerciales." En la práctica, descuentos comercial y bonificación tienen
el mismo significado.
Una de las modalidades más utilizadas de descuento comercial es
la "bonificación por cantidad". Como ya dijimos, los intereses no aumentan el
valor del bien, sin embargo existen circunstancias que pueden permitir la adopción de
otro criterio. Nos referimos por ejemplo, cuando se trata de un bien cuya construcción o
producción requieren un proceso de tiempo prolongado.
Este cargo financiero, dada la circunstancia, lo consideramos un
costo necesario para la adquisición de un bien. Por lo tanto se acepta su
capitalización.
La RT10, dispone la activación de costos financieros para bienes cuya
producción, construcción, montaje o terminación se prolongue en el tiempo.
Existen casos especiales que representan ampliaciones
de lo explicado hasta el momento. A continuación explicaremos en que consisten las
diferencias. Existen casos especiales que representan ampliaciones
de lo explicado hasta el momento. A continuación explicaremos en que consisten las
diferencias.
Terrenos
El costo de los terrenos además del precio de compra comprende
los desembolsos relacionados con:
- Su adquisición ( comisiones a intermediarios, escrituración, impuestos
pendiente u obligaciones que puedan existir al tiempo de la compra, etc.)
- Sus mejoras ( rellenamiento, desagüe, etc.)
- La demolición de construcciones existentes netas del precio obtenido por la
venta del material de demolición.
Edificios
El costo de los edificios que se adquieren terminados
comprende el precio de compra más los desembolsos relacionados con su adquisición.
En el caso de construcción de edificios deberán capitalizarse,
todos los desembolsos inherentes a la obra, incluso seguros, impuestos, indemnizaciones
por accidentes, etc.
