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XI SIMPOSIO NACIONAL DE PROFESORES DE PRÁCTICA PROFESIONAL DEL CONTADOR
XI SIMPOSIO DE PRACTICA PROFESIONAL
2 Y 3 DE AGOSTO DE 1985
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CATAMARCA
- FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS -
- PROVINCIA DE CATAMARCA -
AUTORIDADES DEL SIMPOSIO
PRESIDENTE: Prof. Elías BOYALLIAN
PROFESORES ASISTENTES POR LAS UNIVERSIDADES NACIONALES DE
Trabajo presentado por los Dres. Ricardo A. Sanclemente y Eduardo A. Macri.
PUNTO 2: "LA CÁTEDRA DE PRÁCTICA PROFESIONAL - SU IMPORTANCIA EN EL PLAN DE ESTUDIOS DE LA CARRERA DE CONTADOR PÚBLICO". DESPACHO DE LA COMISIÓN: INTEGRADA POR LOS PROFESORES JOSE IZUS, RICARDO A. SANCLEMENTE, MARCELO MUÑOZ, JORGE MARIO LOPEZ LAVOINE Y MARCELO MINER, DE LAS UNIVERSIDADES NACIONALES DEL SUR, DE BELGRANO, DEL NORDESTE, DE LA PAMPA Y DE CUYO, RESPECTIVAMENTE. RESUELVE: Elevar la presente resolución a todas las Facultades de Ciencias Económicas y Unidades Académicas equivalentes de la República, para que sirva de documento básico para los futuros planes de estudio.
PUNTO 3: "LA CÁTEDRA DE PRACTICA PROFESIONAL Y SU RELACIÓN CON LAS OTRAS MATERIAS. COMPATIBILIZACIÓN". RESUELVE: 1º) Recomendar a todas las Facultades de Ciencias Económicas del país se incluyan como correlatividades para cursar y/o aprobar "Práctica Profesional del Contador", todas las materias de los ciclos contable y jurídico vinculadas con el contenido de aquella y por consiguiente, se ubique a la mencionada asignatura sobre la culminación de la carrera, en los respectivos planes de estudio de todas las Facultades de Ciencias Económicas y unidades académicas equivalentes del país; 2º) Dirigirse en tal sentido a las mencionadas Casas de Estudios.
PUNTO 9: "FORMACIÓN DE LISTAS PARA SÍNDICOS EN CONCURSOS. CURSOS DE POST GRADO UNIVERSITARIO. ANTIGÜEDAD EN EL EJERCICIO". RESUELVE: 1º) Volver sobre la legislación concursal, solicitando a los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, Colegios y a sus respectivas Federaciones, se dirijan al Poder Público a efectos que el legiferante reforme el art. 277 inc. 1 in fine de la ley 19551 (ley 22917) eliminando la designación preferencial a quienes hayan cursado carreras universitarias de especialización de post grado que exige la norma vigente. 2º) Dirigir nota a todas las Facultades de Ciencias Económicas del País, a efectos de que no inicien y/o suspendan carreras de post grado tendientes a
PONENCIA Dr. EMILIO FUENTE Profesor Titular. Resuelve: Reiterar, en la forma que se establece a continuación, los términos de la Resolución tomada en el II Simposio Nacional de Práctica Profesional, a saber: 1º Afirmar, una vez más, la necesidad y la importancia de la existencia y dictado - como disciplina autónoma y obligatoria - de la asignatura "Práctica Profesional del Contador" (o denominación similar) en los planes de estudio de todas las Facultades de Ciencias Económicas del país. 2º Hacer conocer la presente Resolución a todas las Facultades de Ciencias Económicas y unidades académicas equivalentes de la República. 3º Hacer conocer la presente Resolución a los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y a los Colegios de Graduados en Ciencias Económicas. 4º Hacer conocer la presente Resolución a la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y a la Federación Argentina de Colegios de Graduados en Ciencias Económicas. Buenos Aires, 1º de agosto de 1985.
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